En caso de contar con cláusula de caso fortuito - fuerza mayor, deberán cumplirse los requisitos pactados por las partes que generalmente son cinco sustantivos y dos formales, como se precisa a continuación.
Requisitos sustantivos:
Requisitos formales:
Las consecuencias jurídicas de la actualización de una cláusula de caso fortuito – fuerza mayor dependerá de lo establecido en la propia cláusula; sin embargo, generalmente las consecuencias jurídicas pactadas son: (i) la suspensión de la obligación por un tiempo determinado, y (ii) la terminación anticipada del contrato. La suspensión de la obligación se actualiza cuando el evento de fuerza mayor no excede el tiempo establecido en el Contrato para determinar la superabilidad del evento de fuerza mayor. La terminación anticipada del contrato se actualiza cuando: (a) el evento de fuerza mayor fue insuperable o, (b) si así se dispone desde el inicio, y la cláusula únicamente establece la terminación anticipada del Contrato. El efecto de la terminación anticipada del contrato por caso fortuito - fuerza mayor es que se resuelven las obligaciones sin responsabilidad para ninguna de las partes.
Cuando la terminación anticipada proviene de invocar algún precepto de la Ley, la consecuencia jurídica es la resolución del Contrato sin responsabilidad para ninguna de las partes a partir de la actualización del caso fortuito - fuerza mayor.