¿Qué legislaciones prevén la teoría de la imprevisión?

La teoría de la imprevisión, aunque generalmente aceptada en doctrina jurídica, no se encuentra regulada a nivel federal ni en la mayoría de los estados de la República. 

Además de la Ciudad de México, la teoría de la imprevisión también se encuentra prevista en las legislaciones civiles de Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Morelos, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas y Veracruz. Su regulación no es uniforme, de ahí que deba atenderse a cada caso y a cada legislación, para poder dimensionar de forma adecuada, su aplicación, elementos, procedimiento y efectos.

La presente guía se elabora únicamente con fines informativos y no deberá considerarse como asesoría legal de ningún tipo. Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisión. Es importante señalar que, la información contenida en la presente guía está actualizada y es válida a la fecha de emisión de la misma, por lo que es importante que se revise de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal, estatal y/o municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guía. Los despachos de abogados, profesionistas y organizaciones involucradas en la preparación de esta guía no emiten ninguna opinión sobre algún asunto en particular.