La publicidad o información comercial (etiquetado) relativa a productos o servicios que se difundan por cualquier medio o forma debe cumplir con los principios de claridad, veracidad y comprobabilidad, por lo que la misma no deberá contener textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas. (Art. 32 Ley Federal de Protección al Consumidor).
Se entiende por información o publicidad engañosa o abusiva aquella que refiere características o información relacionadas con algún producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error o confusión al consumidor por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta. (Art. 32 Ley Federal de Protección al Consumidor).
Recomendaciones: