¿Cuándo debo interponer las quejas y denuncias ante la PROFECO?

El plazo de prescripción de derechos y obligaciones en la Ley Federal de Protección del Consumidor, es decir, el plazo para interponer las quejas y denuncias ante la PROFECO es de 1 año a partir de que se expida el comprobante que contenga el precio del bien o contraprestación del servicio; o bien, 1 año a partir de que se pague el bien o sea exigible el servicio.

Hasta el momento no hay ningún comunicado en el que se indique que dicho plazo de 1 año se suspenderá por motivos de la contingencia sanitaria actual (Arts. 14 y 105 de la Ley Federal de Protección al Consumidor).

La presente guía se elabora únicamente con fines informativos y no deberá considerarse como asesoría legal de ningún tipo. Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisión. Es importante señalar que, la información contenida en la presente guía está actualizada y es válida a la fecha de emisión de la misma, por lo que es importante que se revise de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal, estatal y/o municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guía. Los despachos de abogados, profesionistas y organizaciones involucradas en la preparación de esta guía no emiten ninguna opinión sobre algún asunto en particular.