No, los contratos de prestación de servicios de telecomunicaciones no podrán contar con cláusulas que permitan modificar de manera unilateral las condiciones de contratación.
Los prestadores de servicios de telecomunicaciones deben ofrecer los servicios de acuerdo con los términos y condiciones conforme a las cuales se hubiere ofrecido, obligado o convenido con el usuario, ya sea de manera tácita o expresa.
Para el caso de cualquier cambio en las condiciones contractuales, el prestador de servicios de telecomunicaciones siempre deberá informar al usuario y este deberá estar de acuerdo.
Recuerda que la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) es autoridad competente para la resolución de cualquier controversia relacionada con la contratación de los servicios de telecomunicaciones y que podrás presentar cualquier queja relacionada con lo anterior en los términos descritos anteriormente en esta guía jurídica.
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