El derecho de retracto consiste en la facultad del consumidor de dejar sin efectos operaciones celebradas fuera del establecimiento mercantil del proveedor, mediante la revocación su consentimiento sin responsabilidad alguna, en cuyo caso el proveedor deberá reintegrar al consumidor el precio pagado, salvo por los costos de flete y seguro (Art. 56 Ley Federal de Protección al Consumidor).
Para ejercitar dicho derecho, el consumidor deberá notificar fehacientemente al proveedor su decisión de revocar su consentimiento en la celebración de la operación, ya sea mediante aviso o entrega del producto en forma personal, por correo registrado o certificado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrega del producto o la celebración del contrato (lo último que suceda). En el caso de servicios, el derecho de retracto no será posible si la prestación del servicio se encuentra a diez días hábiles o menos de la fecha de la orden de compra.