¿Mi patrón puede modificar unilateralmente mi salario base de cotización durante la crisis sanitaria?

Sí, mediante el aviso de modificación salarial ante el IMSS en un término de 05 días hábiles.

Es importante señalar que el IMSS no está facultado para determinar si un aumento o disminución de salario resulta legal, o no, toda vez que dicho Instituto únicamente se enfocará en que el salario base de cotización resulte correcto y actualizado.

Por lo anterior, el patrón, junto con un especialista laboral, deberá asegurarse de tener correctamente documentada la modificación salarial y el consentimiento expreso del empleado, atendiendo a la crisis sanitaria.

 

Fuente:

Artículo 15, fracción I de la Ley del Seguro Social.

 

 

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