¿Quién cubre mi salario durante la incapacidad especial por COVID-19?

La incapacidad especial tiene la naturaleza de una incapacidad por enfermedad general y por tanto, le da derecho a recibir un subsidio del 60% de su último salario diario de cotización a partir del cuarto día de incapacidad.

Lo anterior, ya que durante los primeros 3 días su relación de trabajo se encuentra suspendida al verse imposibilitado a prestar sus servicios, por lo que usted recibirá en realidad un subsidio por 11 días y no por los 14 días que dura la incapacidad y que sirve para justificar su imposibilidad para trabajar.

En algunos casos como beneficios completamente extraordinarios durante la incapacidad, los patrones: a) cubren los primeros 3 días de incapacidad, b) otorgan la diferencia del 40% con el salario base de cotización y c) otorgan la diferencia entre el salario base de cotización y el salario base del trabajador para efectos laborales (el cual llega a variar).

 

Fuente:

  • Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020). Comunicado de prensa 147/2020 Aprueba Consejo Técnico del IMSS permiso para facilitar trámite de incapacidad en línea por contingencia de COVID-19. México: Gob.mx. Recuperado de IMSS 
  • Artículos 42, fracciones I y I, así como 43, fracción I de la Ley Federal del Trabajo y 96 de la Ley del Seguro Social.
 

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