¿Si mi relación de trabajo termina durante la crisis sanitaria procede mi baja ante el IMSS?

Sí, hasta el momento no se ha emitido disposición alguna que contemple o establezca un impedimento al respecto.

Es importante considerar que el patrón tiene la obligación de comunicar la baja ante el Instituto dentro de los 05 días hábiles siguientes, utilizando alguna de las causales del catálogo correspondiente.

 

Fuente:

Artículo 15, fracción I de la Ley del Seguro Social.

 

La presente guía se elabora únicamente con fines informativos y no deberá considerarse como asesoría legal de ningún tipo. Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisión. Es importante señalar que, la información contenida en la presente guía está actualizada y es válida a la fecha de emisión de la misma, por lo que es importante que se revise de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal, estatal y/o municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guía. Los despachos de abogados, profesionistas y organizaciones involucradas en la preparación de esta guía no emiten ninguna opinión sobre algún asunto en particular.