¿Todas las personas tienen derecho a la incapacidad especial por COVID-19?

No, únicamente los afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social.

Sin embargo, como se equipara a una incapacidad por enfermedad general, los afiliados sólo percibirían el subsidio de 60% del salario base de cotización a partir del cuarto día, cuando tengan cubiertas por lo menos cuatro cotizaciones semanales inmediatamente anteriores a la enfermedad, y los trabajadores eventuales cuando tengan cubiertas seis cotizaciones semanales en los últimos cuatro meses anteriores a la enfermedad.

Sin embargo, el IMSS no se ha pronunciado al respecto.

 

Fuente:

  • Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020). Comunicado de prensa 147/2020 Aprueba Consejo Técnico del IMSS permiso para facilitar trámite de incapacidad en línea por contingencia de COVID-19. México: Gob.mx. Recuperado de IMSS
  • Artículo 97 de la Ley del Seguro Social
 

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